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INTRANT reforzará controles y sanciones para patinetas eléctricas en espacios públicos

febrero 16, 2026 19

Ante el crecimiento sostenido del uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en República Dominicana, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció que intensificará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan su circulación en espacios públicos. La medida busca reforzar la seguridad vial y proteger especialmente a los peatones en zonas de alta movilidad urbana.

La institución recordó que las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora. Cualquier alteración en el sistema de motorización que permita superar ese rango constituye una violación directa a la normativa vigente. Según explicó el organismo, el aumento en la presencia de estos dispositivos en calles y avenidas ha generado nuevos retos en materia de convivencia y orden, especialmente en áreas donde transitan niños, adultos mayores y ciudadanos en general.

En el caso de las bicicletas eléctricas, la regulación establece diferencias claras: los modelos de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora. El objetivo es establecer parámetros que permitan su uso responsable sin comprometer la seguridad colectiva.

El incumplimiento de estas disposiciones puede conllevar sanciones equivalentes de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del sector público centralizado, conforme a lo dispuesto en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), organismo facultado para aplicar las multas correspondientes y proceder con la retención de los vehículos cuando sea necesario.

El director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, reiteró la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas. Las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido, cuyo motor complementa el esfuerzo humano, se consideran dispositivos de movilidad personal y están sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector. En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aun cuando cuenten con pedales— son clasificadas como vehículos de motor y deben cumplir plenamente con los requisitos legales establecidos, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco. Circular sin estos requisitos faculta a las autoridades a la retención inmediata del vehículo.

Como parte del fortalecimiento institucional, el INTRANT notificará formalmente a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sobre la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de su puesta en circulación. Asimismo, se comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.

En SuperCarros entendemos que la movilidad eléctrica representa una alternativa eficiente y moderna para el transporte urbano, pero su crecimiento debe estar acompañado de reglas claras y supervisión efectiva. El desafío no es frenar la innovación, sino asegurar que su desarrollo ocurra en armonía con la seguridad vial y el respeto a todos los usuarios de la vía pública.

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